Las viviendas de uso turístico/vacacional y la legalidad

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En los últimos años, hemos visto como han crecido las viviendas de uso turístico y vacacional. Como es lógico, este tipo de viviendas están también sometidas a la legalidad. Lo primero que debemos saber es que estamos ante una actividad que no viene regulada en la Ley de Arrendamientos Urbanos y que es diferente del arrendamiento de temporada. Esta normativa se regula por las mismas Comunidades Autónomas.

¿Qué requisitos debe tener una vivienda para que se considere como vivienda turística?

  • Se debe ofrecer el servicio de alojamiento de manera habitual y con finalidad turística.
  • Mediará un precio.
  • La vivienda se ubicará en sueño residencial.

Algo que es importante tener claro es que “habitual” se considera que es cuando la vivienda se promocione y comercialice mediante canales en los que haya reserva del alojamiento, agencias de viaje o compañías que medien o en las que se organicen servicios turísticos.

¿Qué documentación o requisitos hay que aportar y ante qué organismo?

Para presentar la «Declaración Responsable» hay que aportar una documentación. El contenido mínimo que debe aportarse para presentar esa declaración es:

  • Datos con los que se identifica la vivienda.
  • Datos del propietario con un domicilio a efectos de notificaciones.
  • Identificaciones de la persona o entidad explotadora y el contrato que lo habilite (cuando no sea explotado por el propietario).

¿Cuántas clases de viviendas vacacionales están recogidas?

  • Completas: En ellas la vivienda es cedida en su totalidad. En cuanto a su límite de capacidad, no podrá ser superior a 15 plazas.
  • Por habitaciones: Aquí el propietario debe residir en ella. De no ser así, el alquiler de habitaciones es regulado como un arrendamiento por temporada. No puede superar las 6 plazas.

Requisitos y servicios deben reunir las viviendas de uso turístico y otros temas

Para conocer de forma adecuada este tipo de requisitos que impone la ley, quisimos preguntar a los expertos legales de Román abogados, que nos comentaron de forma general cuáles son los que deben tener.

  • La licencia de primera ocupación y que se cumplen con las condiciones técnicas y de calidad
  • Las estancias deberán tener ventilación directa al exterior o a los patios
  • Deberán las habitaciones estar amuebladas y contar con aparatos y demás para ser usados de inmediato y de acuerdo con el número de plazas
  • Refrigeración en las habitaciones y salones o calefacción en las fechas que sea necesario para un buen confort
  • Contará con botiquín de primeros auxilios y hoja de reclamaciones
  • Deberá tener información turística de la zona
  • Limpieza de la vivienda al entrar y salir nuevos clientes
  • Ropa de cama y menaje completo dependiendo de la capacidad de ocupación de la vivienda
  • Número de teléfono de asistencia y consulta inmediata si se producen incidencias en la vivienda

Formalización y acceso a la vivienda de uso Turístico

Al usuario se le debe entregar un documento donde el contenido mínimo será el nombre del propietario o la entidad que lo explote, así como el código de inscripción en el Registro de Turismo, el número de personas que lo ocuparán, las fechas de entrada y salida, precio total de la estancia y el número de teléfono de asistencia.

De todas formas, en cada caso en particular, los asesores le van a ofrecer al propietario una serie de consejos para que se complete el contrato y dependiendo de las necesidades se establecerán las cláusulas que se crean convenientes. Los usuarios para utilizar la vivienda, con el documento de identificación, deberán completar un parte al entrar conforme a la normativa vigente de libro-registro, etc.

La copia del documento una vez firmado deberá encontrarse a disposición del propietario por espacio de un año, donde tendrá el valor de contrato. En cuanto a la entrega de la vivienda, se va a entregar a la hora que las dos partes hayan pactado, y en su defecto, se presumirá por ley que el derecho de ocupación empezará a las 16 horas del primer día del periodo que se contrate y acabará a las 12 horas del día que acabe el periodo.

De la misma forma se informa de las instalaciones, las normas comunitarias, llaves y las tarjetas de acceso a las pertenencias.

 Precio, reserva y cancelación de la vivienda de uso turístico

El precio que se oferte deberá ser por noche de estancia. Aquí está incluido el suministro de luz, agua, calefacción, limpieza a la entrada, menaje y ropa de cama. El arrendador tiene obligación de entregar siempre un justificante para el pago. En cuanto a las condiciones de precio, reserva, anticipos y cancelación, regirá lo que pacten las partes, estando todo debidamente detallado y publicitado anteriormente.

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